Actas Capitulares Desde el 21 Hasta el 25 de Mayo de 1810 en Buenos Aires by Anonymous Author - HTML preview

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Por el Sr. Comandante D. Pedro Andres García, se dijo: Queconsiderando la suprema ley, la salud del pueblo, y habiendoadvertido, y aun tocado por si mismo, la efervescencia yacaloramiento de él con motivo de las ocurrencias de la metrópolipara que se varie el gobierno, que es á lo que aspira, cree deabsoluta necesidad; el que así se realice, antes que tocardesgraciados estremos; como los que se persuade habria, si aun nose resolviese así en la disolucion de esta ilustre Junta.

Lorepite, por los conocimientos que en los dias de antes de ayer,ayer y anoche ha tocado por sí mismo, tranquilizando los ánimos delos que con instancia en el pueblo así lo piden: en cuyo caso opinaque recaiga en el Exmo. Cabildo, por ahora y mientras se resuelvela manera ó forma de gobierno que haya de constituirse para laseguridad de estas provincias en favor de la soberanía del Sr. D.Fernando VII. En cuyo respuesto, si puede, pide tambien que al Sr.Síndico Procurador se le habilite con voto decisivo en este Exmo.Cuerpo.

Por el Sr. D. Francisco Antonio Ortiz de Ocampo, se dijo: Quereproduce el dictámen del Sr. D. Cornelio Saavedra en todas suspartes, añadiendo que tenga voto decisivo el Sr. Síndico Procuradorgeneral.

Por el Sr. D. Manuel de Andres de Pinedo y Arroyo, se dijo: Quereproduce el voto del Sr. D. Pedro Andres Garcia.

Por el Sr. D. Manuel de Luzuriaga, se dijo: Que reproduciaigualmente el voto del Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. D. Martin José de Ochoteco, se dijo: Que conociendo elgénio de los habitantes de las provincias interiores, y á efecto deevitar la separacion de ellas de esta capital y otros desastreslastimosos, en su parecer siga el Exmo.

Sr. Virey, acompañado delAlcalde de primer voto, y del Sr. Dr.

D. Julian de Leiva.

Por el Sr. D. Ulpiano Barreda, se dijo: Que se conforma con el votodel Sr. D. Cornelio de Saavedra en todas sus partes.

Por el Sr. D. Juan Canaveria, se dijo: Que reproduce el voto delSr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana.

Por el Sr. D. Hilario Ramos, se dijo: Que se conforma con el votodel Sr. Comandante D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. Justo Pastor Linch, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Manuel de Lavalle, se dijo: Que igualmente seconformaba con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Miguel de Irigoyen, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, agregando que deba tener votodecisivo el Sr. Síndico Procurador.

Por el Sr. D. Vicente Capdevila, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Diego de Herrera, se dijo: Que reproduce el voto delSr. D. Cornelio Saavedra, con el aditamento de que tenga votodecisivo el Sr. Síndico Procurador.

Por el Sr. Dr. D. Gregorio Tagle, se dijo: Que reproduce el votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con el aditamento de que tenga votodecisivo el caballero Síndico Procurador.

Por el Sr. D. Agustin Pinedo, se dijo: Que se conforma con el votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con el mismo aditamento de que tengavoto decisivo el Sr. Síndico Procurador.

Por el Sr. D. Mariano Larrazabal, se dijo: Que igualmente seconforma con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y queprecisamente tenga voto decisivo el Sr. Síndico Procurador.

Por el Sr. D. Martin de Arandia, se dijo: Que reproduce el dictámendel Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendo voto decisivo el Sr. SíndicoProcurador.

Por el Sr. D. José Ignacio de la Quintana, se dijo: Que interesadoen el mejor servicio de Dios, del Rey, y del honor y tranquilidaddel país, reproduce el voto del Sr. D. Martin José de Ochoteco.

Por el Sr. D. Rodrigo Rábago, se dijo: Que reproduce, en todas suspartes el voto del Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. Fiscal de lo Civil, D. Manuel Genaro Villota, se dijo:Que se conforma con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. Dr. D. Domingo Belgrano, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tener voto decisivo elSr. Sindico Procurador, y precisamente, para establecer Junta á lamayor brevedad.

Por el Sr. Dr. D. Andres Florencio Ramirez, se dijo: Que reproduceel voto que acaba de leerse.

Por el Sr. Dr. D. Melchor Fernandez, se dijo: Que cree que estepueblo se halla en estado de disponer libremente de la autoridad;que por defecto ó caducidad de la Junta Central, á quien habiajurado obediencia, ha recaido en él en la parte que le corresponde;y que en caso de subrogarse, sea en el Exmo.

Ayuntamiento, mientrasse establece el modo y forma de gobierno.

Por el Sr. D. Francisco Tomas de Anzótegui, se dijo: Que seconforma con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Francisco de la Peña Fernandez, se dijo: Que mientrasno tengamos noticias mas ciertas de nuestra suerte en España, nadase innove; y en absolucion de la segunda parte de la pregunta, seconforma con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Antonio Villamil, se dijo: Que debe continuar elExmo. Sr. Virey con todo el lleno de facultades que le conceden lasleyes; y en cuanto á la segunda parte de la pregunta, se conformacon el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Manuel de Velasco, se dijo: Que se conformaba con elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. Dr. D. Agustin Fabre, se dijo: Que se conformaba con elvoto del Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. D. Joaquin Belgrano, se dijo: Que se conformaba con elvoto del Sr. D. Pedro Andres García, debiendo tenerlo decisivo elcaballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Julian del Molino Torres, se dijo: Que se conformabacon el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Mariano García Echaburu, se dijo: Que reproduce elvoto dado por el Sr. D. Cornelio Saavedra, y lo que ministra el queha producido el Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. D. Ildefonso Ramos, se dijo: Que se conformaba con elvoto del Sr. D. Cornelio Saavedra, con la precisa calidad de que elcaballero Síndico Procurador general deba tener voto con los demasSeñores Vocales.

Por el Sr. D. Francisco Xavier Pizarro, se dijo: Que se conformabaen todo con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. José María Cabrer, se dijo: Que se conformaba con elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Reverendo Padre Provincial de San Francisco, Fray RamonAlvarez, se dijo: Que debe continuar en el egercicio de suautoridad; pero que en caso de que á pluralidad de votos resultehaber cesado en su autoridad, es de sentir que recaiga en el Exmo.Ayuntamiento.

Por el Reverendo Padre Guardian de la Observancia, Fray PedroCortinas, se dijo: Que se conformaba en todo con el parecer del Sr.Oidor, D. Manuel José de Reyes.

Por el Reverendo Padre Guardian de la Santa Recoleccion, Fray PedroSantibañes, se dijo: Que en todo se conformaba con el parecer delSr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Reverendo Padre Provincial de la Merced, Dr. Fray ManuelTorres, se dijo: Que se conformaba en todo con la votacion del Sr.Comandante D. Cornelio Saavedra.

Por el Reverendo Padre Prior de Santo Domingo, Fray ManuelAlvariño, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto del Sr. D.Cornelio Saavedra.

Por el Reverendo Padre Comendador de la Merced, Fray Juan ManuelAparicio, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto del Sr. D.Cornelio Saavedra, reproduciendolo en todas sus partes.

Por el Reverendo Padre Prefecto de Bethelemitas, Fray José Vicentede San Nicolas, se dijo: Que se conformaba en todo con el voto delSr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Reverendo Padre Maestro, Fray José Ignacio Grela, se dijo:Que ha fenecido la autoridad del Exmo. Sr. Virey: que esta deberecaer en el Exmo. Cabildo, hasta tanto que, reunido el pueblo pormedio de los Representantes que el mismo elija, designe los sugetosque deben componer la Junta Gubernativa hasta la reunion de lasprovincias interiores.

Por el S. Dr. D. Luis José de Chorroaria, se dijo: Que bienconsideradas las actuales circunstancias, juzga conveniente alservicio de Dios, del Rey y de la Patria, se subrogue otraautoridad á la del Exmo. Sr. Virey; debiendo recaer el mando en elExmo. Cabildo, en el interin se dispone la ereccion de una Junta deGobierno y que entretanto tenga voto decisivo el caballero SíndicoProcurador general.

Por el Sr. Dr. D. Francisco Planes, se dijo: Que es de parecer, queen atencion á los justos temores del pueblo, acerca de la totalperdida de la península, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros subrogueel mando político en el Exmo. Cabildo, y el militar en el Sr. D.Cornelio Saavedra, por convenir que la fuerza armada se halle solobajo una cabeza; y que hecha la abdicacion por el Exmo. Sr. D.Baltazar Hidalgo de Cisneros, se le deba á este tomar residenciaacerca de los procedimientos de la Paz.

Por el Sr. Dr. D. Antonio Saenz, se dijo: Que ha llegado el caso dereasumir el pueblo su originaria autoridad y derechos; y mientrasque los afianza en una junta sábia y estable, deben subrogarse enel Exmo. Cabildo, con voto en su lugar al caballero SíndicoProcurador general.

Por el Sr. Dr. D. Juan Damaso Fonseca, Cura rector de laConcepcion, se dijo: Que se conformaba con el voto del Sr.

D.Cornelio Saavedra.

Por el Sr. Dr. D. José Leon Planchon, se dijo: Que habiendocaducado la autoridad suprema, era su parecer recayese esta en elExmo. Cabildo, teniendo voto decisivo el caballero SíndicoProcurador general.

Por el Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola, se dijo: Que en atencioná las críticas circunstancias del dia, es de sentir que debesubrogarse el mando en el Exmo. Cabildo, con voto decisivo elcaballero Síndico Procurador general: debiendose entender estoprovisionalmente, hasta la ereccion de una Junta gubernativa cualcorresponde, con llamamiento de todos los diputados del Vireinato.

Por el Sr. Dr. D. Ramon Vietes, se dijo: Que ha fenecido laautoridad de la Suprema Junta Central, y por consiguiente la delExmo. Sr. Virey: que esta autoridad recaiga interinamente en elExmo. Ayuntamiento, teniendo voto decisivo el caballero SíndicoProcurador general, hasta que esplorada por cuarteles la voluntaddel pueblo, se elijan los miembros que hayan de constituir unaJunta provisional.

Por el Sr. Dr. D. Juan Leon Ferragut, se dijo: Que en atencion álas noticias funestas que hemos tenido de Europa, y haber, porconsiguiente, fenecido la Suprema Junta Central, en quien residiala autoridad suprema, cuya dominacion habiamos jurado, juzga debereasumirse el derecho de nombrar superior en los individuos de estaciudad; y por consiguiente el Exmo. Cabildo que la representa,deberá gobernar interinariamente, hasta que disponga, con el pulsoy prudencia que le es característica, determinar el modo degobierno que sea mas conveniente para la seguridad de toda laAmérica.

Por el Sr. Dr. D. Pantaleon de Rivarola, se dijo: Que respecto á noestar instruido en los datos suficientes para votar en materia tanárdua, obedece y obedecerá, como siempre lo ha practicado, á quienrepresentáre la autoridad de nuestro legitimo Soberano, el Sr. D.Fernando VII.

Por el Sr. Dr. D. Manuel Alberti, se dijo: Que se conforma en todocon el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. Dr. D. Nicolas Calvo, Cura rector de la Concepcion, sedijo: Que para la decision de las gravísimas dudas, si ha caducadola autoridad en la Suprema Junta Central, en la Regenciaposteriormente nombrada, en el actual Virey y en las demasautoridades, juzga que, para no esponerse á una guerra civil, sedebe oir á los demas pueblos del distrito, y que por lo tonto nosdebemos conservar en el actual estado hasta, la reunion de losDiputados de los pueblos interiores con el de la capital.

Por el Sr. Dr. D. Bernardo de la Colina, se dijo: Que por unprincipio de equidad, y atendiendo á la unidad y precisasrelaciones de esta capital con los demas pueblos interiores, y álos disturbios que se originan de la mudanza de gobierno, debepermanecer el actual; con la condicion que, para satisfaccioncompleta de este vecindario, se asocien al Exmo. Sr.

Virey cuatroindividuos, uno del estado eclesiástico, otro del militar, otroprofesor del derecho y el último del comercio, elegidos por elExmo. Cabildo, hasta que se reunan los votos de las demasprovincias: y en caso da pluralidad de votos para la deposicion delSr. Virey, recaiga la eleccion de sugeto que lo releve, en el Exmo.Cabildo.

Por el Sr. Dr. D. Pascual Silva Braga, se dijo: Que en todas suspartes reproduce el dictámen del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. Dr. D. Cosme Argerich, se dijo: Que habiendo caducado lasuprema Autoridad, debe esta reasumirse en el pueblo, y porconsiguiente interinamente en el Exmo. Cabildo, hasta que con lamayor brevedad disponga las incorporaciones del vecindario, que pormedio de sus diputados deben formar la Junta general del vireynato,hasta que las provincias decidan el sistema de gobierno que se debaadoptar.

Por el Sr. Licenciado D. Justo Garcia y Valdez, se dijo: Que paraevitar los males que ya amenaza la duda suscitada, si ya hacaducado ó no el gobierno supremo de la metrópoli, conviene querecaiga el mando en el Exmo. Cabildo interinamente, hasta que seorganice el gobierno que deberá regirnos, teniendo siempre votodecisivo el Sr. Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Marcelino Callejas, se dijo: Que se conformaba entodo con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Miguel Gerónimo Garmendia, se dijo: Que se conformabaen todas sus partes con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. José Superi, se dijo: Que se conformaba en todo conel voto del Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro.

Por el Sr. D. Felipe Castilla, se dijo: Que se conformaba en todocon el voto del Sr. Dr. D. Luis José Chorroarin.

Por el Sr. D. Antonio Ruiz, se dijo: Que se conformaba en todo conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. José Botello, se dijo: Que se conformaba en todo conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. Fermin de Tocornal, se dijo: Que se conformaba con elmismo dictamen del Sr. D. Cornelio Saavedra, y voto decisivo en elcaballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Francisco Mancilla, se dijo: Que igualmente seconformaba en todas sus partes con el voto del Sr. D.

CornelioSaavedra.

Por el Sr. D. Francisco Prieto de Quevedo, se dijo: Que interin notengamos noticias mas ciertas de nuestra España, que no se hagainnovacion alguna, y en cuanto á la segunda parte de la pregunta,se conforma con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Alonso de Quesada, se dijo: Que se conformaba en todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. Félix Casamayor, se dijo: Que no contempla necesariala subrogacion del mando, pero que para conciliar los intereses delpueblo con los de la buena y sana administracion de justicia,bastará se den por adjuntos al Exmo. Sr. Virey los Señores Alcaldede primer voto y Síndico Procurador de esta Exma. Ciudad; quienesconvocarán á las capitales y ciudades sufragáneas del vireinato,para que en consorcio y reunion de sus votos, se establezca elmétodo de gobierno sucesivo.

Por el Sr. D. Vicente Carvallo, se dijo: Que se conforma en todocon el voto del Sr. D. Cornelio de Saavedra; entendiéndose debatener voto decisivo el caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. José Martinez de Hoz, se dijo: Que no encuentrabastantes datos para considerar necesaria la remocion del Exmo. Sr.Virey; pero que para evitar todo recelo, gobierne con asociacionde dos individuos que tenga á bien nombrar el Exmo. Cabildo.

Por el Sr. D. José Barreda, se dijo: Que aun no encuentra méritopara tratarse de hacer alteracion sobre este actual gobierno; peroque si obligase á ella la pluralidad de votos, se verifique pormedio de dos ó mas adjuntos que el Exmo. Cabildo tenga á biennombrar al actual Virey; sin perder de vista los inconvenientes dela falta de prévio acuerdo con los gobiernos interiores.

Por el Sr. D. Martin Tompson, se dijo: Que se conforma en todo conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tener voto elcaballero Síndico Procurador general.

Por al Sr. D. José Gregorio Belgrano, se dijo: Que igualmente seconforma en todo con el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y quetenga voto decisivo el caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Saturnino Sarasa, se dijo: Que se conforma igualmentecon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que el caballeroSíndico Procurador general tenga voto decisivo.

Por el Sr. D. Fernando Diaz, se dijo: Que reproducia el voto delSr. D. Cornelio Saavedra en todas sus partes.

Por el Sr. Dr. Estevan Hernandez, se dijo: Que en todas sus partesreproducia el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, y que el Sr.Síndico Procurador general tenga voto decisivo.

Por el Sr. D. José Maria Morell, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Juan Bautista Elorriaga, se dijo: Que mediante á nohaber datos bastantes por ahora, exista en el mando el Exmo.

Sr.Virey; y que en el caso de que la pluralidad de votos decida por suno existencia en el mando, recaiga este en el Exmo.

Ayuntamiento.

Por el Sr. D. José Pastor Lezica, se dijo: Que se conforma en todocon el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. D. Juan Bautista Castro, se dijo: Que se conforma con elvoto del Sr. D. Luis José Chorroarin.

Por el Sr. D. Hermenegildo Aguirre, se dijo: Que con concepto áhaber caducado la soberania en la Suprema Junta Central, es sudictámen se subrogue provisionalmente el gobierno general del Exmo.Sr. Virey al Exmo. Cabildo, prévias las circunstancias de acompañará este Exmo. Ayuntamiento, en calidad de consejeros por lo quepertenece á lo político del gobierno, el Dr.

D. Julian de Leiva, elSr. D. Juan José Casteli, el Dr. D. Juan José Passo, el Dr. D.Mariano Moreno; y en lo militar D.

Cornelio de Saavedra: todo estoprovisionalmente, hasta la formacion del nuevo gobierno.

Por el Sr. D. José Francisco Vidal, se dijo: Que reproduce en todassus partes el voto del Sr. Dr. D. Luis José Chorroarin.

Por el Sr. D. Agustin Pio de Elia, se dijo: Que atentas las razonesque han espuesto los Señores D. Cornelio Saavedra y D.

Pedro AndresGarcía, reproduce el voto del primero, concurriendo el Sr. Síndicocon voto activo.

Por el Sr. D. Miguel Escuti, se dijo: Que no halla mérito parainnovar; pero que en el caso de que á pluralidad de votos debahacerse, que entonces gobierne el Exmo. Sr. Virey, asociado con losSeñores Regente de esta Real Audiencia y Síndico Procuradorgeneral.

Por el Sr. D. Pedro Francisco de Arteaga, se dijo: Que no hallamérito para innovar el mando en el Exmo. Señor Virey; y que en casode no tener la pluralidad de votos para el privativo mando, sigaasociado con el Sr. Regente de la Real Audiencia, y el cabelleroSíndico Procurador de ciudad; opinando igualmente que de tratarsede alguna innovacion substancial, se acuerde previamente con lasprovincias interiores.

Por el Sr. D. José Maria de las Carreras, se dijo: Que reproduce elanterior voto del Sr. D. Pedro de Arteaga, con solo el aditamentode que en su caso deba ser tambien adjunto el Sr.

D. Cornelio deSaavedra.

Por el Sr. D. Francisco Antonio de Letamendi: Que en todo seconforma con el voto del Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. D. Domingo Lopez: Que reproduce el voto del Sr.

Dr. D.Juan Nepomuceno de Sola.

Por el Sr. D. Angel Sanchez Picado, se dijo: Que reproduce en todassus partes lo espuesto por el Sr. D. Francisco de la PeñaFernandez.

Por el Sr. D. Basilio Torrecillas se dijo: Que sus sentimientos soniguales á los de los Señores Doctores D. Juan Nepomuceno de Sola yD. Manuel Alberti.

Por el Sr. D. Miguel Saenz, se dijo: Que reproduce en todo el votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, con la adicion de que tenga votodecisivo el caballero Síndico Procurador general.

Por el Sr. D. Manuel Belgrano, se dijo: Que reproduce el voto delSr. D. Cornelio Saavedra, y que el caballero Síndico Procuradorgeneral tenga voto decisivo.

Por el Sr. Dr. D. Juan José Castelli, se dijo: Que se conforma conel voto del Sr. D. Cornelio Saavedra, con calidad de tener votodecisivo, durante el gobierno en el Exmo. Cabildo, el Sr.

Síndico,y que la eleccion de los vocales de la corporacion se haga por elpueblo, junto en cabildo general sin demora.

Por el Sr. D. Matias de Irígoyen, se dijo: Que reproduce en todassus partes el voto del Sr. Dr. D. Juan José Castelli.

Por el Sr. D. Ignacio de Rezabal, se dijo: Que entretanto no setenga noticia positiva de haber espirado en la península laautoridad suprema legítima de la nacion, no se innove el sistema degobierno: que siga en el mando el Exmo. Sr. Virey, asociado por losSeñores Alcalde de primer voto y Síndico Procurador general deciudad; con advertencia, que por ningun acontecimiento se altere enesta ciudad el sistema político sin prévio acuerdo de los pueblosdel distrito del vireinato, por depender su existencia política desu unidad con ellos.

Por el Sr. Prior del Real Consulado, D. Antonio Piran, se dijo: Quese conformaba con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. José Hernandez, se dijo: Que igualmente se conformaen todas sus partes con el voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. Contador Mayor, D. Ramon de Oromí, se dijo: Que no secree con autoridad alguna para influir con su voto en alterar lasautoridades constituidas; y en el presente caso no le queda mas quedesear que no se haga innovacion alguna en ellas.

Por el Sr. D. Pedro Baliño, se dijo: Que ignora el supuesto de sila España existe ó no, é igualmente ignora si se debe ó norevalidar la autoridad del Exmo. Sr. Virey; pero en caso que justosmotivos para ello hagan necesaria su separacion del mando, se hagacargo de él el Exmo. Cabildo.

Por el Sr. Dr. D. Francisco Seguí, se dijo: Que siendo un principiolegal que es mejor ocurrir en tiempo, que no, despues de recibir laherida, buscar remedio, debemos aplicarle al presente caso en quenos amenazan peligros bastantes inminentes, atendida la notoriaconmocion popular por el conocimiento de haber llegado el caso dereasumir sus derechos primitivos: en cuya virtud, para evitarlos,juzga de forzosa necesidad quede depositada la autoridadinterinamente en el Exmo. Cabildo, hasta tanto que se esplore lavoluntad general de los demas pueblos por el medio mas fácil queadopte el mismo Exmo. Cabildo; debiendo tener voto activo elcaballero Síndico Procurador general, y decisivo en caso dediscordia.

Por el Sr. D. Felipe Cardoso, se dijo: Que reproduce en todas suspartes el voto dado por el Sr. Catedrático, Dr. Planes, con laprévia circunstancia de tener voto activo y decisivo el caballeroSíndico Procurador general.

Por el Sr. D. Juan Ramon de Urien: Que se conforma con el voto delSr. D. Cornelio Saavedra, debiendo tenerlo decisivo el caballeroSíndico Procurador general.

Por el Sr. D. Tomas José de Boyzo, se dijo: Que se conforma en todocon el voto del Sr. D. Cornelio Saavedra.

Por el Sr. D. Juan Antonio Zelaya, se dijo: Que se conforma con elvoto dado por el Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Nicolas de Bedia, se dijo: Que reproduce el voto delSr. D. Vicente Carvallo.

Por el Sr. D. Norberto de Quirno y Echandía, se dijo: Que reproduceel voto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Agustin de Orta y Azamor, se dijo: Que reproduce elvoto del Sr. D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Pedro Duran, se dijo: Que reproduce el voto del Sr.D. Manuel José de Reyes.

Por el Sr. D. Agustin Lizaur, se dijo: Que se conforma con el votodel Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. D. José Antonio de Echenagusia, se dijo: Que seconformaba con el dictámen del Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. D. José Soliveres, se dijo: Que reproduce lo espuestopor el Sr. D. Pedro Andres García.

Por el Sr. Comandante D. Martin Rodriguez, se dijo: Que en laimposibilidad de conciliar la permanencia de la autoridad delgobierno con la opinion pública, reproducia en todas sus partes eldictámen del Sr. D. Cornelio Saavedra, y el de que el Sr. Síndicotenga voto activo y decisivo en su caso, es decir, activo, cuandono haya discordia, y decisivo cuando la haya.

Por el Sr. Dr. D. Simon de Cosio, se dijo: Que se conformaba entodas sus partes con el antecedente dictámen del Sr. D.

MartinRodriguez.

Por el Sr. Dr. D. José Darregueira, se dijo: Que igualmentereproducía el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. Dr. D. José de Seide, igualmente se reprodujo en todassus partes el antecedente dictámen del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. Dr. D. Vicente Anastasio de Echevarria, se dijo: Queigualmente se conformaba en todo con el parecer del Sr. D.

MartinRodriguez.

Por el Sr. Dr. D. Bernardino Rivadavia, se dijo: Que reproduciatambien el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. Dr. D. Mariano Irigoyen, se dijo: Que igualmentereproducia el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. D. Francisco del Paseo, se dijo: Que igualmente seconformaba con el parecer del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. Dr. D. Mariano Moreno, se dijo: Que reproducia en todassus partes el dictámen del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. D. Gerónimo de Lasala, se dijo: Que tambien reproduciaen todo el voto del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. D. Bernardo Nogué, se dijo: Que se conformaba igualmentecon el voto del Sr. D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. D. Juan Ramos, se reprodujo igualmente el voto del Sr.D. Martin Rodriguez.

Por el Sr. Dr. D. Juan José Passo, se dijo: Que se conformaba conel voto del Sr. Dr. D. Luis Chorroarin.

Por el Sr. D. Francisco Antonio Escalada, se dijo: Que seconformaba en todas sus partes con el voto del Sr.

Comandante D.Martin Rodriguez.

Por el Sr. D. Tomas Antonio Lexica, se dijo: Que reproducia el votodel Sr. D. Cornelio Saavedra, teniendo voto decisivo el caballeroSíndico Procurador general.

Por el Sr. D. Francisco Antonio Herrero, se dijo: Que se conformabaen todo con el voto del Sr. D. Manuel de Reyes.

Por el Sr. D. Francisco de Neira y Arellano, se dijo: Queigualmente se conformaba en todo con el voto del Sr. D.

Manuel deReyes.

Por el Sr. D, Francisco Antonio de Beláustegui, se dijo: Quereproducia en un todo el voto del Sr. Oidor D. Manuel de Reyes,añadiendo que se les oiga á los vecinos citados y no concurridos.

Por el Sr. D. Pablo Villarino, se dijo: Que se conformaba en todassus partes con el anterior voto del Sr. D. Francisco Belaustegui.

Por el Sr. D. Juan Ignacio Escurra, se dijo: Que se conformaba conel voto del Sr.