de notar sus inconsistencias, Castrillo agregó:
Esta no fue una decisión jurídica sino política, porque hay un Estado
costarricense comprometido a negarle derechos fundamentales a la población
homosexual (Vizcaíno Irene, 2009 29 mayo).
Sala Constitucional anula el Referendo del Odio
Adentro y afuera de Costa Rica, muchas personas llamaron “Referendo del
Odio” a la iniciativa lanzada por el movimiento social conservador católico denominado
Observatorio Ciudadano, entre 2008 y 2010, para llevar a cabo un referendo sobre las
uniones civiles o sociedades de convivencia entre personas del mismo sexo. La
iniciativa católica fue acogida con gran entusiasmo por la presidencia del Tribunal
Supremo de Elecciones (TSE), quien varias veces salió a defender la validez, la
importancia y la pertinencia de tal consulta. La propuesta recibió el apoyo desde el
principio de la Iglesia Católica, así como de la bancada de congresistas cristianos
evangélicos.
La democracia costarricense en las últimas tres décadas ha venido fortaleciendo
el modelo oligárquico y desarrollando una serie de características que representan las
tendencias conservadoras en la región centro y latinoamericana.
167
El Tribunal Constitucional –Sala IV-, se convirtió en uno de los nuevos actores
políticos, que por ejemplo, decidió que la reelección presidencial debía restaurarse.
Este mismo tribunal establece que las personas GLBTT no figuraban en la noción de
ciudadanía de la Asamblea Constituyente de 1948, y que los derechos humanos de la
comunidad GLBTT dependen del legislador. La asamblea legislativa dominada por
católicos y evangélicos, aún no debate el tema que siempre es vetado desde las
comisiones de estudio o por presión directa de los grupos religiosos.
En esta democracia modelo, encontramos al Tribunal Supremo de Elecciones
promoviendo un referéndum que ha sido apoyado, solicitado e impulsado por los
grupos o movimientos religiosos. En esta oportunidad Costa Rica logra realmente
convertirse en modelo, pero en un antimodelo: la famosa democracia llega al lugar
absurdo en el que la iglesia es la institución protectora y experta en democracia, es la
fuente de los valores éticos la que impulsa una revolución democrática. Promoviendo
lo que muchos miembros de la comunidad GLBTT llamaremos, entre otras cosas, el
referéndum del odio.
En Costa Rica, desde 2002 la Ley No 8281, permite el referéndum como un
instrumento para otorgar potestad legislativa al pueblo, a las personas. Ya en 2008 se
realizó el primer referéndum donde se consultó el Tratado de Libre Comercio con
Estados Unidos. En esa oportunidad, la maquinaria mediática y los recursos
económicos, la intervención directa de Estados Unidos, lograron ganar el pulso. Este
primer referéndum marco las diferencias entre dos Costa Rica, desató la rivalidad y
dividió. Mostró las dificultades y desigualdades económicas y políticas.
El Defensor Adjunto de los Habitantes, Luis Gerardo Fallas, interviene
públicamente para explicar la posición de su oficina, de rechazo al citado referendo.
También expresa su oposición a la interpretación que había venido sosteniendo el
presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, Luis Antonio Sobrado:
El Tribunal Supremo de Elecciones ha considerado necesario interpretar
restrictivamente el régimen de limitaciones a la participación ciudadanía directa
en asuntos de trascendencia nacional. Sin embargo, la posición de la Defensoría
de los Habitantes cuestiona esta interpretación (…) las razones del
cuestionamiento, radican en que el propio artículo 105 en su párrafo primero,
establece un límite insalvable, los “tratados, conforme a los principios del
derecho internacional” (Fallas Luis Gerardo, 2010 25 junio).
La Defensoría de los Habitantes, en su resolución hace notar la existencia de
grupos personas que han elegido a un compañero o compañera del mismo sexo, junto
con otros grupos de personas indígenas, religiosos, mujeres, privados de libertad,
discapacitados, adultos mayores, entre otros. En lo relativo a estos grupos, lo que
corresponde es que se tomen decisiones legislativas, basadas en el estudio, el debate,
el diálogo y el respeto a los compromisos internacionales asumidos por el país, en
materia de Derechos humanos.
Luego, el pleno de la Sala Constitucional costarricense acordó, el 4 de julio de
2010, aceptar para consideración un Recurso de Amparo contra el Tribunal Supremo de
Elecciones, presentado por Esteban Quirós Salazar (Expediente número 10-008331-
168
0007-CO). El denunciante pide que se detenga la decisión del tribunal electoral, de
poner en marcha los mecanismos legales para realizar un referendo sobre el Proyecto
de Ley de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo.
El 29 de julio de 2010 la Sala Constitucional emite una resolución sobre el fondo
del asunto. Al igual que la Defensoría de los Habitantes, argumentó contra la
realización del Referendo, aduciendo el principio de protección para las minorías
excluidas o discriminadas, contra mayorías en este caso homofóbicas:
b) En cuanto al fondo, la mayoría consideró que los derechos de las minorías
que surgen de reivindicaciones contra mayoritarias no pueden ser sometidos a
un proceso de referéndum donde se imponen las mayorías.
Este es el aspecto más importante de los considerandos del fallo de la Sala
Constitucional, porque puede potenciar los movimientos sociales, al constituirse en una
base para solicitar legislación contra la discriminación y la homofobia. Se refiere al reconocimiento de los derechos ciudadanos de la población GLBTT:
d) Finalmente, la Sala estimó que las personas que tienen relaciones con una
del mismo sexo son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que
precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus
derechos constitucionales o infraconstitucionales.
Con estas bases, la Sala procedió a anular la convocatoria al Referéndum sobre
las uniones homosexuales, que había convocado el Tribunal Supremo de Elecciones:
A) Se anula la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones número 3401-E9-
2008 de las diecinueve y diez horas del treinta de septiembre de 2008, que
autorizó la recolección de firmas para convocar a un referéndum de iniciativa
ciudadana para que se apruebe o impruebe el proyecto legislativo denominado
“Ley de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo”.
Destaca también el reconocimiento a la intervención de fuerzas homofóbicas en
la promoción del Referendo, cuando el Tribunal “ordena” cesar su campaña anti
homosexual, al presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, Sr. José Antonio
Sobrado:
B) Se le ordena al Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones abstenerse de
incurrir en las conductas que dieron mérito para acoger este recurso (Sala
Constitucional de CR, 2010. Resolución N. 331310).
Con estos dos acontecimientos jurídicos de apropiación y garantía, así como de
participación activista, encontramos en Costa Rica algunos elementos que posibilitan
imaginar futuros menos opresivos, menos confesionales excluyentes, con sistemas de
justicia menos discriminatorios y una sociedad que pueda superar las homofobias.
He decidido terminar aquí esta larga historia sobre mi país. Me doy cuenta que,
en principio, desarrollé una crítica y una denuncia a las condiciones, un derecho de
respuesta a las constantes agresiones y persecusiones, y la sistematización y
construcción de un discurso que sirva como mapa, que refleje un paisaje de
acontecimientos, tal que pueda contextuaizar el desarrollo de las políticas maricas en
Costa Rica. He destacado las resistencias que aparecen, inspiradas en el catolicismo y
otros fundamentalismos religiosos, contra los procesos revolucionarios, los
169
reconocimientos de nuevas identidades, las luchas por derechos humanos de los
grupos GLBTT, de las poblaciones de la diversidad.
Costa Rica:
La democracia prisionera de la Iglesia Católica
Fuente: Conferencia Episcopal de Costa Rica, en
http://www.iglesiacr.org/principal/conten/view/324/72/
El 29 de abril de 2010, en el Palacio Arzobispal en San José, el titular católico
bendice la banda presidencial que la presidenta electa, Laura Chinchilla, llevaría el día
de su toma de posesión, el 8 de mayo de 2010.
170
CONCLUSIONES
¿Qué significa la aparición de todas estas
sexualidades periféricas? ¿El hecho de que
puedan aparecer a plena luz es el signo de que
las reglas se aflojan? ¿O el hecho de que se les
preste tanta atención es prueba de un régimen
más severo y de la preocupación de tener
sobre ellas un control exacto?
Michel Foucault
(1991 p.26)
Espero, en este libro, haber construido una fuente hasta ahora no disponible,
que permite sistematizar el análisis, ejemplificar avances, logros, retrocesos y luchas en
las legislaciones, en las políticas y en las prácticas de personas y movimientos GLBTT en
toda América Latina, defendiendo y promoviendo sus derechos. También se estudió la
persistencia de la homofobia como violencia extrema –asesinato- en la región, y las
diferentes políticas y actitudes seguidas por los gobernantes, destacando varios casos
en América del Sur y el caso costarricense.
Finalmente, la obra tiene la intención política de aportar instrumentos teóricos
y prácticos que sirvan en las diferentes luchas. Este objetivo se realizó en toda la investigación desde un compromiso subjetivo del investigador, destacando la
importancia de varias estrategias y políticas que han contribuido, o que han
obstaculizado, la irrupción política GLBTT en los diferentes países latinoamericanos. Por
ejemplo, el reconocimiento y la formalización de las uniones homoafectivas como
forma para ingresar al mercado y a los derechos políticos, o bien las luchas contra la
discriminación y la homofobia, las campañas de reclutamiento y de educación, las
formas de realizar defensas mediante el mecanismo del outing, pero también
empleando el derecho privado para luchar por identidades transexuales y por derechos
de formar familia o de recibir como tal beneficios en condiciones similares a las familias
heterosexuales tradicionales.
Sin duda, durante la primera década del siglo XXI el movimiento social GLBTT
mundial adquiere ciudadanía y se integra y fuerza la inevitabilidad de su presencia
públicamente y afirmativamente. También en nuestra región. He mostrado claramente
el crecimiento y las dimensiones tan grandes e importantes que han adquirido las
luchas por derechos humanos GLBTT en América Latina, como parte de ese proceso
mundial. Pues un elemento que conviene también destacar, es la importancia de las
redes internacionales de apoyo a los procesos GLBTT, enfatizando que las luchas contra
los derechos GLBTT similarmente adquieren dimensiones internacionales y están
articuladas por intereses muy poderosos. Por ejemplo, en los casos de las coincidencias
171
en la ONU entre católicos y musulmanes para oponerse a una convención de derechos
humanos GLBTT –en la que Brasil aparecía como proponente y Costa Rica como adalid
del Vaticano101.
Concluyo este recorrido por las teorías y las prácticas GLBTT latinoamericanas,
buscando acercarme a las personas y grupos que puedan utilizarlas. Al cabo de la
lectura, espero que quien lee esto siga lleno y llena de ideas e insinuaciones, de
cotidianidades dolorosas y también alegres y afirmativas, de liberación en tantas
formas, de expresión, de solidaridad y sensibilización.
Crece la construcción de posiciones políticas que orientan el pensamiento
crítico en América Latina. Empezando por la visibilización y reconocimiento del otro. El
viado, el playo, el marica, la tortillera, la lesbiana, el travestí. Aquí hemos visto testimonios de ello.
Los movimientos sociales GLBTT vienen abriendo espacios de conocimiento
donde se puede estudiar la producción de la ideología heterosexista, para de esta
forma comprender cómo afecta a todos los demás sujetos, especialmente los GLBTT.
Hace falta examinar los mecanismos retóricos, institucionales y prácticos, empleados
para que la heterosexualidad mantenga su estatuto de algo que se asume como
natural.
Sin embargo, reducir la discusión a la problemática de la pareja
heterosexualidad-homosexualidad, descuida el estudio de la diversidad de las
posiciones sexuales y de género que existen.
Evidentemente, en la región latinoamericana, desde el punto de vista del
MERCOSUR, en las políticas sociales y de derechos humanos, por la fuerte influencia de
Brasil, Argentina y Uruguay, se ha discutido y planteado la necesidad y la orientación
que debe tener una política regional sobre el tema de derechos GLBTT. También en los
países integrantes del ALBA se da actualmente un fuerte movimiento para incorporar la
problemática GLBTT en la vida social y política.
Personas, organizaciones, poblaciones (actores sociales) anteriormente
inactivos ahora se agitan, se movilizan y se organizan, para reconocerse a sí mismos y
para su afirmación y defensa. Lo decisivo de todo movimiento social en general, y
también GLBTT, es que se logran procesos de políticas personales a través de procesos
de políticas sociales y viceversa.
101 Al momento de editar este libro (marzo 2011), la política exterior de Costa Rica ha sufrido un cambio respecto a los derechos humanos de las personas GLBTT, y en la ONU apoyó una declaración contra la violencia hacia las personas homosexuales.
172
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